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Juzgado acoge petición de la Procuraduría
y protege mínimo vital de operario

La Procuraduría General de la Nación logró el amparo de los derechos funda­mentales a la dignidad humana y al mí­nimo vital de Francisco Mena Ramírez un adulto mayor, a quien Porvenir negó una indemnización sustitutiva de la pen­sión, por deudas de la Gobernación de Chocó.

El ente de control interpuso una ac­ción de tutela contra el fondo de pensio­nes y el departamento ante la negativa de reconocer la indemnización a un adulto mayor, a quien a pesar de reunir los requisitos de ley le fue negado el de­recho, por incumplimiento en el pago de algunos aportes a cargo de la Goberna­ción de Chocó, para la que el ciudadano trabajó entre los años 1994 y 1998.

El Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Quibdó ordenó al departamento del Chocó, que dentro del término de dos días, contados a partir de la notificación de la sentencia, emita los bonos corres­pondientes al tiempo que dejó de cotizar a favor del ciudadano ante la menciona­da administradora de pensiones, e infor­marlo al ente de control.

Así mismo, estableció que dentro de las mismas 48 horas Porvenir culmine el trámite de reconocimiento de la in­demnización a favor del ciudadano, una vez le sea remitido el correspondiente bono pensional por parte de la Goberna­ción del Chocó

La Procuraduría precisó a las admi­nistradoras de pensiones que la Consti­tución obliga a velar por el amparo y asistencia del adulto mayor, dada su condición de debilidad manifiesta, y de especial protección.

El Ministerio Público pidió al juzgado tomar las acciones necesarias para pro­teger los derechos fundamentales del ciudadano de 64 años, cabeza de fami­lia, desempleado, con enfermedad car­díaca, afiliado al régimen subsidiado en salud, para quien esta indemnización es la única fuente de ingresos para tener una vida digna junto a su familia.

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