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El Chocó de Ayer

De la edición 3031 del periódico ABC (Julio 20 de 1935)
Luis Padilla, alcalde de Juradó, hace un relato de las actuaciones del Capitán Raffo
Quibdó, julio 18 de 1.935
Señor Reinaldo Valencia Lozano
Director de ABC
Atentamente solicito a usted se sirva darle publicidad en el órgano liberal independiente que acertadamente dirige a la información que antecede con el fin de que el pueblo del Chocó y la nación se aperciban de la grave situación por la que atraviesa el municipio de Juradó, y que puede acarrear graves consecuencias a la soberanía nacional, si no se pone rápido remedio a la escandalosa situación creada en ese municipio limítrofe.


Espero el honor de su atención por cuanto que la presente información viene a corroborar una de tantas observaciones que vieron la luz pública en su importante hoja periódica.


Más todavía, le quedaría agradecido, si se dignase ocupar las páginas del Tiempo de Bogotá con la modesta información que para el bien de la Costa del Pacífico, me he permitido remitir a usted.


Sírvase aceptar las seguridades de mi estimación y alta consideración.
Soy de usted atento seguro servidor.
Luis Padilla


El 23 de febrero del año en curso arribé a la población de Juradó y desde esa misma fecha comencé a ejercer las delicadas funciones de alcalde de ese importante municipio fronterizo. A mi tránsito por la capital de la provincia del Pacífico tuve oportunidad de informarme suficientemente de los procedimientos indebidos del Capitán Tulio Raffo R., jefe de la policía nacional de fronteras acantonada en Juradó, procedimientos que dieron lugar a quejas de los moradores de dicha población.
En fecha 23 de los mismos comuniqué a dicho jefe mi nombramiento y posesión legal del cargo, haciéndole saber que en representación del gobierno en mi carácter de alcalde, llevaría a la realidad un gobierno de amplias garantías ciudadanas; eliminando los temas de extorsión a los moradores de la región, procurando la repatriación al país de valiosos elementos expatriados por dichos sistemas. Que propendería porque la guarnición de policía nacional a su cargo y contando con su cooperación fuera prenda de garantías ciudadanas, como a la vez, de reprimenda a los desmanes en que pudiera incurrir, y que de conformidad con lo prescrito sobre el particular por el artículo 183 del C.P. Municipal y la ley 72 de 1.925, en su artículo 1º esperaba se dignase hacerme reconocer oficialmente por el cuerpo de policía que comanda.


Este oficio fue contestado con frases expresivas de solidaridad y apoyo y en consecuencia, días después fui presentado a la guarnición de policía.
Al principio fueron muy cordiales las relaciones entre el suscrito alcalde de Juradó y el señor Capitán Raffo R., y durante corto lapso de tiempo, no hubo quejas del vecindario y la policía procedió con corrección. Pero, en los primeros días del mes de marzo próximo pasado cambió la situación.

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