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Ser exactos en medio de tan cuestionada capacidad gerencial en el Chocó y su centro de ejecución, articulación, Quibdó, es un tanto difícil por tan débiles y pocas acciones por no decir: todo marcha mal. Pero nos preocupa el hecho de deshumanizar el esfuerzo de campesinos, amas de casa, víctimas del conflicto y hasta ex delincuentes que trabajan dignamente, por porcentajes en la ejecución de obras y, peor, por “una buena vista”


El eterno conflicto del derecho al espacio público vs el derecho al trabajo se configura en una interacción estratégica de extremos, contexto y dinámicas que conllevan a un choque de trenes en el ordenamiento jurídico interno colombiano y sentencias constitucionales, protección jurisprudencial entre dos derechos constitucionales (Art. 82 C.N: Espacio público, un derecho colectivo, Art. 25 C.N, el trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado).


Al respecto la Corte Constitucional en Sentencias T-386 de 2013, T-703 de 2012, T-334/15, refirió que si bien el goce del espacio público es un derecho de carácter colectivo y se rige por el principio de primacía del interés general sobre el particular, esto no puede implicar el desconocimiento de los derechos de las personas que por medio de la ocupación del mismo, garantizan el goce efectivo de algunos de sus derechos, como el mínimo vital y el trabajo.


La Sentencia T-772 del 4 de septiembre-03 establece que las autoridades tienen la potestad constitucional de adelantar el goce del espacio público, pero siguiendo el debido proceso, dar un trato digno, respetar la confianza legítima, formular políticas publicas reales de reubicación, “No cuatro maderos” ejecutar convenios para capacitarlos en carreras técnicas, tecnológicas y/o profesionales; darles créditos blandos, planes de vivienda y seguridad social.

Distinto panorama proteccionista se evidencia en nuestra capital Quibdó, donde los vendedores informales son vistos y tratados como manadas de ani­males, cerdos quizás? donde solo im­porta moverlos sin comprender o di­mensionar el daño emociona, psicológi­co y en muchos casos la afectación de núcleos familiares.

¡Son vendedores informales, NO cerdos!

Leoncio Quejada C.
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