¿Presunción de legalidad?
Javier Álvarez Viñuela
Se conoció que el concejo municipal de Bahía Solano había dictado el acuerdo por medio del cual se establecía el impuesto de turismo o peaje turístico. No se pondrá en duda que existe el marco normativo que autoriza a ese cuerpo colegiado para adoptar la referida tasa, y la destinación que se le dará a los dineros que se recauden.
En una escala inofensiva de valores podríamos preguntarnos, cuáles han sido los acuerdos de mayor trascendencia que haya dictado aquella “célula legislativa”.
Tocará buscarlos. Y con certeza que no habrá muchos. He escuchado de los concejales que cada cierto tiempo aprueban -a pupitrazo limpio- el proyecto de acuerdo que distribuye el presupuesto municipal; o aquellos que otorgan facultades pro-tempore a los alcaldes para celebrar contratos, empréstitos o convenios interadministrativos.
Hay atribuciones de mayor calado que pueden sacar adelante los honorables concejales de Bahía Solano. Un buen proyecto de acuerdo municipal podría ser el que reglamente el comparendo ambiental. Y, aunque pueda ser paradójico, el propio municipio, la empresa de servicios públicos o la llamada triple A, serían destinatarios del pago de las multas o amonestaciones por la permanente agresión que le hacen al medio ambiente con el inmanejable y contaminante relleno sanitario que impide gozar de un ambiente sano.
Desconozco el contenido del Acuerdo 04 del 9 de marzo del presente año. Teniendo en cuenta las notas de prensa se trata de una “tasa turística” que pagarán turistas extranjeros o nacionales no nativos (¡Sic!), por ingresar al territorio local por el aeropuerto, ni mucho menos se exoneran a quienes sean residentes permanentes, tal como no lo determinó la ley 300 de 2006.
La extraviada idea o mentalidad que tuvieron quienes propusieron la iniciativa del acuerdo va en franca contravía del orden constitucional y legal vigente que pareciera expresarse en un sentimiento de desconocimiento o errática interpretación de las normas que quisieron reconocer el “gran valor histórico, cultural y artístico” de nuestra región, aun cuando sean inexistente los lugares a los que se destinarán los dineros que se causen para promover la limpieza, por ejemplo.
Y, más la tuvo en concejo en general al aprobar un acuerdo, porque todo el marco jurídico que prevé el reseñado impuesto autoriza exclusivamente fijar el “peaje turístico” en los lugares turísticos de Bahía Solano, cuyos filtros son atravesados por vehículos de servicio público o comercial o particular, teniendo tarifas diferenciables que en todo caso no superan el salario mínimo legal diario vigente.
¿Se acuerdan de aquello que Descartes llamó “la moral provisional”? Pareciera ser aquella falta de moderación que no tuvo el concejo para expedir un eficaz, legal y válido acto. Que el concejo lo haga -si sabemos quienes son los que han llegado a esa corporación-, no habría mucho que preocuparse; pero sí que una alcaldesa con formación jurídica sancione un acto general que tendrá presunción de legalidad hasta tanto un juez diga lo contrario.