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¿Presunción de legalidad?

Javier Álvarez Viñuela

Se conoció que el concejo municipal de Bahía Solano ha­bía dictado el acuerdo por medio del cual se establecía el impuesto de turismo o peaje tu­rístico. No se pondrá en duda que existe el marco normativo que autoriza a ese cuerpo colegiado para adoptar la referida tasa, y la destinación que se le dará a los dine­ros que se recauden.

En una escala inofensiva de valores podríamos preguntarnos, cuáles han si­do los acuerdos de mayor trascendencia que haya dictado aquella “célula legisla­tiva”.

 

Tocará buscarlos. Y con certeza que no habrá muchos. He escuchado de los concejales que cada cierto tiempo aprueban -a pupitrazo limpio- el pro­yecto de acuerdo que distribuye el pre­supuesto municipal; o aquellos que otorgan facultades pro-tempore a los al­caldes para celebrar contratos, emprésti­tos o convenios interadministrativos.

 

Hay atribuciones de mayor calado que pueden sacar adelante los honora­bles concejales de Bahía Solano. Un buen proyecto de acuerdo municipal podría ser el que reglamente el compa­rendo ambiental. Y, aunque pueda ser paradójico, el propio municipio, la em­presa de servicios públicos o la llamada triple A, serían destinatarios del pago de las multas o amonestaciones por la per­manente agresión que le hacen al medio ambiente con el inmanejable y contami­nante relleno sanitario que impide gozar de un ambiente sano.

 

Desconozco el contenido del Acuerdo 04 del 9 de marzo del presente año. Te­niendo en cuenta las notas de prensa se trata de una “tasa turística” que pagarán turistas extranjeros o nacionales no nati­vos (¡Sic!), por ingresar al territorio lo­cal por el aeropuerto, ni mucho menos se exoneran a quienes sean residentes permanentes, tal como no lo determinó la ley 300 de 2006.

 

La extraviada idea o mentalidad que tuvieron quienes propusieron la iniciati­va del acuerdo va en franca contravía del orden constitucional y legal vigente que pareciera expresarse en un senti­miento de desconocimiento o errática interpretación de las normas que quisie­ron reconocer el “gran valor histórico, cultural y artístico” de nuestra región, aun cuando sean inexistente los lugares a los que se destinarán los dineros que se causen para promover la limpieza, por ejemplo.

 

Y, más la tuvo en concejo en general al aprobar un acuerdo, porque todo el marco jurídico que prevé el reseñado impuesto autoriza exclusivamente fijar el “peaje turístico” en los lugares turísti­cos de Bahía Solano, cuyos filtros son atravesados por vehículos de servicio público o comercial o particular, tenien­do tarifas diferenciables que en todo ca­so no superan el salario mínimo legal diario vigente.

 

¿Se acuerdan de aquello que Descar­tes llamó “la moral provisional”? Pare­ciera ser aquella falta de moderación que no tuvo el concejo para expedir un eficaz, legal y válido acto. Que el conce­jo lo haga -si sabemos quienes son los que han llegado a esa corporación-, no habría mucho que preocuparse; pero sí que una alcaldesa con formación jurídi­ca sancione un acto general que tendrá presunción de legalidad hasta tanto un juez diga lo contrario.

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